Impuesto a las Ganancias: ¿quiénes van a la pagarlo con la reforma de Milei?
El Gobierno de Javier Milei busca revertir la reforma del impuesto a las Ganancias, para aumentar la recaudación del PBI. ¿Quiénes van a pagarlo con esta medida?
21 de diciembre de 2023 • 12:45
Impuesto a las Ganancias: ¿quiénes pagarán?
Después de que el Ministro de Economía, Luis Caputo, anunciara cuáles son las medidas económicas del gobierno de Javier Milei, y frente a los rumores que giran en torno al impuesto a las Ganancias sobre la búsqueda de revertir su última reforma con el fin de aumentar la recaudación PBI, una duda comenzó a circular en las redes sociales: ¿quiénes van a pagarlo si se vuelve atrás con la medida? Te lo contamos.
Impuesto a las Ganancias: quiénes lo pagarían si se revierte la reforma
Tal como anunció el vocero oficial, Manuel Adorni, el Gobierno busca avanzar en la reversión de la reforma del impuesto a las Ganancias, que sancionó Alberto Fernández en septiembre pasado. Pero, para lograr esta reversión, que nace con el objetivo de incrementar la recaudación del PBI, deberán tratar los cambios en el Congreso. De llevarlo a cabo, ¿quiénes deberán pagarlo si se vuelve atrás con la medida?
Impulsado por el ex Ministro de Economía, el gobierno de Alberto Fernández modificó el impuesto a las Ganancias, eximiendo del pago a más de 800 mil trabajadores y jubilados. A través del decreto 473/2023, Sergio Massa ordenó elevar el piso del mínimo no imponible a 1.7 millones de pesos mensuales, lo que equivale a 15 salarios mínimo, vitales y móviles (SMVM). Con esta reforma, solo 90.000 personas quedaban alcanzadas por el pago del impuesto.
La reforma debería comenzar a regir a partir del próximo 1 de enero, según estipula la ley aprobada. Al valor actual, el piso para pagar el impuesto se ubicaría en $2.340.000. Sin embargo, desde el gobierno de La Libertad Avanza adelantaron que buscarán revertir los cambios.
Hoy, según estipula el DNU, no pagan Ganancias los empleados con salarios brutos superiores a los $1.980.000. Se trata del equivalente al SMVM de octubre multiplicado por 15. A partir del próximo mes de enero, cuando comienza a regir la ley, quedarían exentos los trabajadores y jubilados, y solo lo pagarían quienes perciban salarios y haberes por $2.340.000.
Sin embargo, el gobierno actual dejó en claro su intención de volver atrás con los cambios -en vez de sancionar una nueva ley- por lo que se mantendrían los cálculos que regían hasta septiembre, previa publicación del DNU.
De confirmarse, las variables que calculan el mínimo no imponible volverían a estar afectadas por el índice Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que era el que se utilizaba previo al decreto y la nueva ley, y que define el reajuste mensual del tributo.
Así, si se actualiza el valor vigente a principios del 2023 en base a la evolución del RIPTE, volverían a pagar el impuesto aquellos trabajadores y jubilados que perciban ingresos mensuales de aproximadamente $974.467.