Uber: polémica por un fallo que ordena bloquear la app
Lo decidió una jueza porteña, pero según expertos es una cuestión federal
31 de enero de 2017
La enmarañada historia de Uber en la Argentina sumó un nuevo capítulo: una jueza de la ciudad ordenó bloquear la página web y la aplicación en todo el territorio nacional, según lo había requerido el fiscal porteño Martín Lapadú, pero dispuso que el fallo se ejecute sólo cuando la Sala II de la Cámara de Apelaciones confirme la resolución. La polémica sobre la competencia de la magistrada para decidir esa medida no tardó en llegar, mientras Uber continúa funcionando con pocos inconvenientes y se prepara para apelar.
La jueza María Fernanda Botana, que reemplaza a su par Claudia Álvaro y actúa como subrogante en el juzgado penal contravencional y de faltas Nº 16 de la ciudad, decidió que el acceso tecnológico a Uber, a través de distintas plataformas, debía ser bloqueado en todo el país. El fiscal Lapadú había argumentado que "se pudo comprobar que hay riesgos para preservar pruebas sumamente trascendentes". Y agregó: "Se pudo conocer que Uber tiene la capacidad de alterar o borrar remotamente mediante su aplicación los registros de los socios de la empresa".
El fiscal investiga a la empresa por una serie de supuestos delitos; entre ellos, evasión de impuestos y lavado de dinero.
Una jueza de la ciudad ordenó bloquear la página web y la aplicación en todo el territorio nacional - Créditos: Archivo
Uber fue la primera en objetar la potestad de la jueza. "Tanto la titular del juzgado, Álvaro, como la mencionada cámara ya manifestaron con anterioridad, en octubre último, que no es posible efectuar el bloqueo ya que la justicia local de la ciudad de Buenos Aires no puede ordenar medidas fuera de sus límites geográficos", indicó la empresa en un comunicado. La compañía tiene tres días para apelar el fallo, luego de lo cual los jueces de alzada deberán dar a conocer su dictamen.
Si confirman la decisión de la jueza Botana, se libraría una orden al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) para que los cientos de proveedores de Internet de todo el país implementen el bloqueo. Cabe recordar que en mayo de 2016, el Enacom informó que no era factible técnicamente el bloqueo de Uber sólo en el ámbito porteño.
En el organismo, también dudaban ayer que un magistrado en lo penal, contravencional y de faltas porteño pudiera dictar una sentencia con alcance nacional, luego de conocido el fallo de primera instancia. En uno de los argumentos de la resolución, a la que accedió LA NACION, Botana hizo referencia al artículo 5 de la ley 27.078 (de Argentina digital).
Especialistas en derecho constitucional consultados por LA NACION coincidieron en que la materia telecomunicaciones es una cuestión federal. "Un juez local no tiene competencia para decidir sobre un tema que es interjurisdiccional, salvo en problemáticas de relaciones de consumo según lo dice la propia ley de Argentina digital. Y no es éste el caso", explicó el abogado Andrés Gil Domínguez. Su colega Félix Loñ opinó: "Las decisiones de un juez de la ciudad no pueden exceder su jurisdicción".
Detenciones
En el mismo fallo, la jueza Botana desestimó por ser "manifiestamente improcedente" el pedido del fiscal Lapadú de aprehender a dos directivos de Uber. El funcionario del Ministerio Público Fiscal había requerido la detención de Diego Mariano Oliveira, gerente general de Uber Argentina, y de Mariano Otero, CEO de la empresa.
"Hace nueve meses que hacen caso omiso de las denuncias judiciales y continúan con las contravenciones y con su actividad ilícita. La idea era detenerlos para llevarlos a un juicio exprés por realizarse en 48 horas, pero se presentaron personalmente por primera vez con sus abogados y se pusieron a derecho. Ahora serán llamados a indagatoria", indicó a LA NACION Lapadú.
En pocas palabras
Martín Lapadú - fiscal de Cámara Unidad Oeste
"Hace meses que los directivos de Uber continúan con las contravenciones y con su actividad ilícita"
Andrés Gil Domínguez - abogado constitucionalista
"La telecomunicación, que justamente es interjurisdiccional, es materia federal, por lo que debe actuar un magistrado federal"
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