Billeteras virtuales: a partir de qué montos hay que informar a la AFIP y otras novedades
Las billeteras virtuales fueron ganando presencia y son aliadas del gobierno, que las fomenta. A partir de qué montos hay que informar a la AFIP y otras regulaciones que tenés que conocer.
3 de mayo de 2024 • 09:35
Billeteras virtuales: cuáles son las regulaciones que tenés que conocer. - Créditos: Archivo LN
Con luz verde por parte del gobierno de Javier Milei y la tecnología como aliada, las billeteras virtuales fueron ganando impulso para implementar nuevas funciones y beneficiar a más del 70% de la población que ya utiliza estos medios de pago.
Te presentamos una lista de todas las cosas nuevas, y algunas no tan nuevas, que puedes hacer desde ahora con tu billetera virtual.
Compra de dólar MEP: las principales billeteras virtuales como Mercado Pago o Naranja X ahora permiten comprar dólares MEP (Medio Electrónico de Pagos) con un solo clic. Esto abre nuevas oportunidades de ahorro e inversión. Los usuarios pueden mantener sus dólares en su cuenta de forma gratuita o transferirlos a una cuenta de la misma titularidad.
Cobro de programas sociales: si sos beneficiario de la Asignación Universal por Hijo, Asignaciones Familiares y por Embarazo, Progresar, y el Programa Hogar de ANSES, desde abril podés cambiar el CBU (Clave Bancaria Uniforme) de cobro por un CVU (Clave Virtual Uniforme).
Rendimiento: la mayoría de las billeteras virtuales ofrecen rendimiento diario al tener saldo, por lo que siempre es más beneficioso tener el dinero en la billetera virtual que en una simple cuenta de ahorros.
QR interoperable: a partir de mayo, las billeteras virtuales, especialmente Mercado Pago, deben permitir que su QR sea compatible con cualquier tarjeta de crédito o débito, no necesariamente las vinculadas a la aplicación.
A partir de qué montos hay que informar transacciones
En estos días, muchos se alarmaron y están en alerta debido a que se empezó a hablar sobre los montos y transacciones que estas billeteras deben informar a la AFIP, rompiendo con el mito urbano de que lo que se "maneja" en la virtualidad nadie lo ve.
Aquí algunas cuestiones que debes saber:
Las billeteras virtuales están obligadas a informar transacciones y montos a la AFIP (Agencia Federal de Ingresos Públicos).
Esto no es algo nuevo, está reglamentado desde 2019. Lo que ocurre es que los montos a informar no se han actualizado y hoy en día son irrisorios, ya que casi cualquier transacción entraría en estos parámetros.
Hay tres montos que se deben informar:
Cuando las transacciones mensuales superan los $120 mil.
Cuando los saldos en la cuenta al finalizar el mes superan los $200 mil.
Cuando las transferencias virtuales superan los $400 mil.
Con estas nuevas funciones y regulaciones, las billeteras virtuales continúan siendo una herramienta conveniente y eficiente para gestionar tus finanzas.
A pesar de las preocupaciones iniciales, es importante reconocer que estas medidas buscan garantizar la transparencia y seguridad en las transacciones financieras digitales.
Mantenerse informado sobre las normativas vigentes y aprovechar las ventajas que ofrecen las billeteras virtuales es fundamental para sacar el máximo provecho de esta tecnología en constante evolución.