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Licencia por maternidad: cómo tramitarla

Si trabajás en el sector privado, la licencia por maternidad es un derecho por ley: son 90 días corridos de manera obligatoria.


Licencia por maternidad: cómo tramitarla y todo lo que tenés que hacer

Licencia por maternidad: cómo tramitarla y todo lo que tenés que hacer - Créditos: Getty



Si trabajás en el sector privado, la licencia por maternidad es un derecho que te corresponde por ley. Pero también es una obligación, ya que la ley de contrato de trabajo expresa que las embarazadas deben tomarse esta licencia de noventa días corridos de manera obligatoria.

Durante el período de licencia, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) te va a pagar la asignación por maternidad, que equivale al sueldo que cobrás de manera habitual, sin los descuentos. Sin embargo, aquí hay que destacar que, hasta que la prestación de la ANSES se haga efectiva, el empleador debe continuar pagándote el salario.

Esta asignación te corresponde si trabajás en relación de dependencia, sos trabajadora de servicio doméstico registrada o estás cobrando por una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).

Requisitos para cobrar la licencia por maternidad

Los requisitos para cobrarla son: tener 12 semanas de gestación o más, tener al menos 3 meses de antigüedad en el empleo al momento de comenzar la licencia por maternidad, y para quienes trabajan por temporada, tener que estar trabajando al momento de iniciar la licencia por maternidad.

Para tramitar la licencia por maternidad, tenés que presentar, a partir de las 12 semanas de gestación, un certificado médico en el que se informe el embarazo y se consigne también la fecha probable de parto.

Además, tenés que informarle al empleador de qué manera querés tomarte la licencia. La ley contempla dos opciones: 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto; o 30 días antes y 60 días después de la fecha probable de parto. En el caso de que el parto se adelante, se acumulará al descanso posterior todo el lapso de licencia que no se hubiera gozado antes del parto, de modo de completar los noventa días.

Si a tu bebé le diagnostican Síndrome de Down tenés derecho a tener 6 meses más de licencia por maternidad. Para tramitarla debés acreditar ante el empleador el diagnóstico mediante un certificado médico, luego del nacimiento del bebé y 15 días antes de que finalice la licencia por maternidad de 90 días.

Podés hacer el trámite ante la ANSES de manera virtual (en este sitio web) o en forma presencial, reservando un turno previamente (en este sitio web).

En los dos casos vas a tener que presentar, con bastante anticipación, el certificado médico informando el embarazo y algunos formularios que debés completar con tu empleador.

Durante el período de licencia, el empleador puede contratar a otra persona bajo la modalidad de trabajadora eventual. Esto implica que, al darle de alta en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), debe incorporar la fecha de baja.

Y por último, si tenés más de un empleo, vas a tener que presentar un formulario por cada empleador.

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